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¿Quieres montar una empresa? En España, existen muchos tipos de sociedades mercantiles entre las que puedes elegir para tu negocio, cada una con sus requisitos, exigencias, ventajas e inconvenientes. Entre estos, la más popular es la Sociedad de Responsabilidad Limitada o SRL.
En 2023 se constituyeron más de 114 mil nuevas empresas en España; unas 83 mil lo hicieron con un capital inicial inferior a 4.000 €, la amplia mayoría de ellas en forma de Sociedad de Responsabilidad Limitada; entonces, ¿cuáles son los beneficios de una SRL?
Echa un vistazo a este análisis exhaustivo de los beneficios de constituir una SRL en España, así como los inconvenientes que este tipo de sociedad mercantil plantea para las empresas, y descubre si se trata (o no) del formato ideal para tu negocio.
¿Qué es una Sociedad de Responsabilidad Limitada o SRL?
Una Sociedad de Responsabilidad Limitada o SRL (también llamada Sociedad Limitada o SL) es un tipo de sociedad mercantil en donde las deudas y obligaciones de la sociedad se exigen contra su capital social, y no contra el capital personal de los socios.
Los socios de la SRL solo son responsables en la medida del capital que han aportado a la sociedad, ya sean estos aportes financieros (es decir, dinero) o de bienes, como maquinaria, vehículos, mobiliario, etc.
En España, las Sociedades de Responsabilidad Limitada se pueden constituir de forma telemática, y en el proceso intervienen tanto la Agencia Tributaria como el Registro Mercantil Central, además de una notaría pública.
Características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada
Estas son algunas de las principales características que distinguen a una Sociedad de Responsabilidad Limitada:
- Cantidad de socios: no hay límites, ni máximos ni mínimos, respecto a la cantidad de socios que debe tener una SRL en el momento de su constitución. Incluso se puede crear una SRL unipersonal, con un único socio.
- Responsabilidad limitada: La responsabilidad de la SRL se exige contra su capital social, no contra el capital privado de los socios.
- Escritura de constitución: la Escritura de constitución es un documento en el que se define la estructura y la forma de gestión de la sociedad, así como todo tipo de previsiones, condiciones e información relevante, como los aportes de cada socio al capital social de la empresa.
- División del capital: el capital social de la SRL se divide en participaciones, que se pueden transmitir, según las condiciones que se definan en los Estatutos sociales de la Escritura de constitución de la SRL.
- Tributación: Las Sociedades de Responsabilidad Limitada tributan el Impuesto de sociedades (IS); también deben presentar declaraciones trimestrales y anuales de IVA.
- Gestión: en los Estatutos sociales se define cómo estará constituido el órgano de gestión de la SRL, así como sus atribuciones y retribuciones.
- Junta General: compuesta por los socios de la SRL, la Junta General constituye la máxima instancia de toma de decisiones en la empresa; son los encargados de nombrar administradores, aprobar la transmisión de participaciones, modificar los Estatutos sociales, etc.
7 beneficios de una SRL
- El capital personal está protegido
- Exigencia mínima de capital social
- Es fácil de constituir
- Estructura flexible
- Puede ser unipersonal
- Facilidad para obtener financiación
- Coste de constitución muy bajo
1. El capital personal está protegido
Uno de los principales beneficios de una SRL es que el capital personal de los socios está protegido. La responsabilidad de cada socio se limita al capital aportado al capital social de la empresa.
Esto significa que, por ejemplo, si la empresa contrae una deuda, como puede ser un préstamo o un crédito bancario, el capital personal de los socios está protegido, ya que las deudas de la sociedad solo se pueden exigir contra su capital social.
2. Exigencia mínima de capital social inicial
Si bien el capital social inicial mínimo requerido para constituir una SRL en España es de 3.000 €, desde la entrada en vigor de la Ley 18/2022, la llamada Ley Crea y Crece, en octubre de 2022, introdujo otro gran beneficio de una SRL: el monto inicial mínimo para su constitución se redujo a la cifra simbólica de 1 €.
En otras palabras, puedes constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada aportando tan solo 1 € en concepto de capital inicial; independientemente del monto, el capital social de las SRL se divide entre los socios en forma de participaciones.
Un detalle importante que debes tener en cuenta a este respecto, es que si bien puedes montar tu SRL aportando solo 1 € en concepto de capital social, la misma Ley Crea y Crece establece 2 reglas adicionales para estos casos:
[…] la primera, que deberá destinarse a reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta que la suma de la reserva legal y el capital social alcance el importe de 3.000 euros y, la segunda, que en caso de liquidación, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito.
En otras palabras, debes retener el 20 % de los beneficios de tu SRL en una reserva legal, hasta que el capital social (sumado a la reserva legal) alcance los 3.000 €. Si la sociedad se disuelve y el capital de la empresa no alcanza para pagar sus deudas y obligaciones, los socios se comprometen a realizar aportes de su capital privado, sobre el capital aportado, hasta alcanzar un importe de 3.000 €.
3. Es fácil de constituir
Constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada es relativamente sencillo en comparación con, por ejemplo, una Sociedad Anónima.
Puedes hacerlo incluso de forma telemática, en cuestión de horas o de unos pocos días, una vez que hayas preparado toda la documentación necesaria: extracto bancario, Escritura de constitución, CIF provisional, etc.
4. Estructura flexible y transparente
La estructura de una SRL está definida claramente en su Escritura de constitución. Este documento sirve como una especie de «carta magna» de la sociedad: incluye todos los mecanismos de gestión y toma de decisiones, previsiones y condiciones, los aportes de los socios fundadores, la denominación social y hasta la dirección legal de la SRL.
Para constituir una SRL, un paso ineludible es que todos los socios firmen la Escritura de constitución ante un notario público, expresando así su voluntad de montar la sociedad y su conformidad con el contenido del documento.
Los socios tienen mucha flexibilidad a la hora de definir la estructura de la sociedad, pudiendo introducir tantas previsiones, condiciones y mecanismos de resolución de eventualidades como prefieran.
5. Puede ser unipersonal
Las Sociedades de Responsabilidad Limitada pueden estar formadas por un único socio fundador; a este tipo de sociedad se la llama Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal o SRLU.
¿Qué beneficio ofrece montar una SRL Unipersonal en lugar de ser autónomo?
En algunos casos, constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal puede proporcionarte una ventaja tributaria.
Esto se debe a que, mientras que el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) que pagan los autónomos es progresivo (mientras más ganas, más pagas), el Impuesto sobre sociedades que pagan las SRL es fijo, del 25 % para sociedades con beneficios por período impositivo inferiores al millón de euros.
Así, si facturaras más de 40.000 - 45.000 € en un mismo período fiscal, pagarías menos en concepto de Impuesto sobre sociedades que en concepto de IRPF, siempre y cuando reinviertas las ganancias en la empresa.
Además, si gestionas una SRLU puedes asignarte un sueldo y luego desgravarlo como gasto en tu declaración de la renta.
6. Facilidad para obtener financiación
En general, la mayoría de los bancos prefiere otorgar productos de financiación, como créditos y préstamos, a las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
La razón para esta preferencia se encuentra en la transparencia, previsibilidad y trazabilidad que aporta la Escritura de constitución. Además, al tratarse de una SRL, el análisis de solvencia se hace en base a la sociedad, no a sus socios.
7. Coste de constitución muy bajo
Un último beneficio de una SRL es que el coste de constituirla es muy reducido. Sin considerar el capital social inicial, el coste de montar una SRL varía generalmente entre 400 y 600 €, de los cuales más de la mitad se atribuyen a la redacción, firma y presentación de la Escritura de constitución de la sociedad.
3 inconvenientes de una SRL
- Menor capacidad de adaptación al cambio
- Es difícil vender las participaciones
- No puede cotizar en el mercado de valores
1. Menor capacidad de adaptación al cambio
Si bien la Escritura de constitución aporta transparencia y estabilidad a la gestión de la SRL, también es cierto que puede ser un documento considerablemente complejo de modificar, lo que resta capacidad de adaptación en entornos, mercados e industrias volátiles.
Para modificar la Escritura de constitución de una SRL es necesario que todos los socios firmen el documento modificado ante notario público, que luego deberá presentarlo ante el Registro Mercantil Central para su aprobación e inscripción.
2. Es difícil vender las participaciones
Transmitir (vender) las participaciones entre las que se divide el capital social de la empresa suele ser un proceso intrincado.
En gran medida, depende de lo dispuesto en los Estatutos sociales de la empresa; en caso de no estar regulado allí, la transmisión de participaciones se hace acorde a lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital.
Para transmitir tus participaciones es necesario contar con la aprobación de la Junta General de la SRL; además, los socios de la empresa suelen tener prioridad en la adquisición de participaciones dispuestas para su venta.
Esto se puede constituir como un inconveniente para los socios, que podrían querer vender todas o parte de sus participaciones en la sociedad en algún punto, y deberán afrontar un proceso para nada ágil para poder hacerlo.
3. No puede cotizar en el mercado de valores
El capital social de una SRL no puede dividirse en acciones, por lo que no tiene posibilidad de cotizar en el mercado de valores, una estrategia muy usada por las empresas medianas y grandes, constituidas en su mayoría como Sociedades Anónimas, como mecanismo efectivo de crecimiento y financiación.
¿Cuáles son las diferencias entre una SRL y una Sociedad Anónima?
La Sociedad Anónima o SA es otro de los tipos de sociedades mercantiles más adoptados por las empresas españolas.
Al igual que la SRL, la SA es una sociedad con responsabilidad limitada: las deudas y obligaciones de la empresa no se exigen contra el capital privado de los socios, sino contra el de la sociedad.
Más allá de esta similitud, se trata de dos tipos de sociedades mercantiles muy diferentes. Estas son las diferencias entre una SRL y una Sociedad Anónima:
Capital inicial
Uno de los beneficios de una SRL constituye, a su vez, una de las diferencias más importantes con una Sociedad Anónima: para constituir una SA, el requisito de capital social inicial mínimo es de 60.000 €, en contraposición a los 1 – 3.000 € exigidos a las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
División del capital social
Mientras que en una SRL el capital social se divide en participaciones, en una Sociedad Anónima la división se hace en acciones. Las acciones son mucho más fáciles de comercializar, por lo que los socios y accionistas tienen mucha más flexibilidad en este sentido.
Acceso al mercado de valores
A diferencia de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, una sociedad constituida como SA puede cotizar en el mercado de valores, lo que puede llegar a facilitar su financiación y potenciar su crecimiento.
Cantidad de socios
Si bien existe la figura jurídica de Sociedad Anónima Unipersonal (SAU), en la amplia mayoría de los casos las Sociedades Anónimas son empresas medianas o grandes con una mayor cantidad de socios en comparación con las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Tipo de actividad
Existen actividades económicas que solo se pueden llevar a cabo si la empresa está constituida como una Sociedad Anónima, como es el caso de los servicios bancarios y financieros, por ejemplo.
Complejidad de constitución
En general, la Escritura de constitución de una Sociedad Anónima es bastante más compleja que la de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, lo que puede resultar en un coste más alto para su redacción, firma ante notario y presentación ante el Registro Mercantil Central.
¿Tu negocio debería ser una SRL?
Si te estás preguntando si deberías constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada es probable que te encuentres en una de dos situaciones: eres un autónomo cuyo negocio está creciendo, o tienes una idea de negocio que quieres emprender.
En ambos casos, deberías considerar algunos factores clave para determinar si, en efecto, una SRL es la forma jurídica ideal para tu negocio:
- Cantidad de socios: si trabajarás junto con otros socios, que a su vez aportarán al capital social de la empresa, es probable que una SRL sea la forma jurídica más conveniente.
- Nivel de riesgo: si por las características intrínsecas de tu negocio o industria deberás operar bajo un nivel alto de riesgo, entonces lo más seguro será constituir una SRL, limitando la responsabilidad al capital social.
- Facturación anual: si facturas más de 40.000 - 45.000 € al año (o planeas hacerlo), es posible que sea más conveniente, a nivel tributario, constituir una SRL, ya que como autónomo pagarás más en concepto de IRPF que de IS como sociedad.
- Necesidad de financiación: muchas fuentes de financiación, tanto públicas como privadas, se ofrecen exclusivamente para sociedades, en especial Sociedades de Responsabilidad Limitada; si necesitarás financiación, será más fácil conseguirla como SRL que cómo autónomo.
- Imagen de marca: una SRL transmite una imagen de marca más confiable, en especial si operas en un mercado B2B (Business to Business). Así, constituir una SRL puede ayudarte a adquirir más clientes para tu negocio.
Preguntas frecuentes sobre los beneficios de una SRL
¿Qué profesionales necesito contratar para constituir una SRL?
Para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada necesitas contratar a un notario público, que debe estar presente al momento de la firma de la Escritura de constitución por parte de los socios. Además, es recomendable contratar un abogado o un asesor especializado en constitución de sociedades, que te guíe y asesore en la redacción de los Estatutos sociales de la empresa.
¿Cómo protege mi capital personal constituir una SRL?
Si tienes un negocio y lo administras bajo la figura de profesional autónomo, la responsabilidad es ilimitada, de modo que las deudas y obligaciones que contraigas en relación con tu negocio se pueden exigir contra todo tu capital personal. Constituyendo una SRL limitas el riesgo al capital social aportado, protegiendo así tu capital personal.
¿Qué otros tipos de sociedades existen en España?
En España existe una gran variedad de formas jurídicas entre las que puedes elegir, además de la SRL, para constituir una sociedad; la elección del tipo de sociedad depende de una multitud de factores, como la cantidad de socios, el tipo de actividad y el capital social que vayan a aportar.
Estos son algunos de los tipos de sociedad más comunes en España (excluyendo a la Sociedad de Responsabilidad Limitada):
- Sociedad Anónima: la responsabilidad de los socios se limita al capital social, que a su vez se divide en acciones; el capital mínimo para su constitución es de 60.000 € y una de sus principales ventajas es la posibilidad de cotizar en el mercado de valores.
- Sociedad Colectiva: la responsabilidad de los socios es ilimitada; no hay un mínimo de capital social inicial exigible, pero sí debe estar constituida por un mínimo de 2 socios. Los socios, a su vez, administran y trabajan en la sociedad.
- Sociedad Comanditaria o en Comandita: similar a la Sociedad Colectiva, con la diferencia de que hay 2 tipos de socios, según si aportan capital y trabajo (socios colectivos), o solo capital (socios comanditarios). A su vez, las Sociedades Comanditarias pueden ser simples o por acciones.
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Sociedad Civil: está formada por 2 o más personas físicas (autónomos); no hay exigencia mínima de capital social, pero la responsabilidad es ilimitada y las deudas se exigen contra el capital personal de los socios. La Sociedad Civil tributa por el Impuesto sobre Sociedades.